Estudios sobre Hermenéutica Filosófica

Esta investigación examina el aporte que la Hermenéutica filosófica proporciona a la interpretación jurídica y, ulteriormente, a las bases de una teoría de la argumentación que de cabal cuenta del proceso de determinación del derecho. A tal fin, se siguen las diversas pero convergentes propuestas de E. Betti; H. G. Gadamer; J. Esser; A. Kaufmann; K. Larenz; W. Hassemer; R. Alexy; A. Ollero y F. D’ Agostino, aunque algunas de sus manifestaciones no fueron ajenas al “realismo americano” y a las reflexiones “egológicas” que en la Argentina emprendió anticipatoriamente Carlos Cossio.
Los estudios hacen hincapié en la relación entre texto-contexto-pretexto (o tradición), postulando la necesidad de dejar atrás tanto la neta oposición entre “sujeto-objeto” cara al pensamiento positivista-cientificista (en el que el intérprete no juega papel alguno en tanto que la cosa a interpretar es meramente “aplicada” de manera lógico-deductiva), cuanto su exacto contradictorio, esto es, la tentación de que la interpretación carece de límite y, por tanto, de todo sentido práctico, tesis que nutre a las perspectivas relativistas o escépticas (en las que el intérprete es todo y la cosa a interpretar carece de sentido y, menos, de una mínima “indisponibilidad”).
Por el contrario, la Hermenéutica filosófica, al par que destaca que la comprensión es siempre interpretación y, por tanto, que pone al sujeto-intérprete en el centro de la escena, advierte que la inevitable pluralidad interpretativa que esa centralidad lleva aneja reconoce un doble condicionamiento: a) el hecho de enmarcarse en una tradición –esto es, en un haz de reflexiones y de experiencias dotadas de una intrínseca racionalidad- que precede y condiciona de múltiples maneras la tarea de determinación del derecho, y b) el dato de que la interpretación acontece en el marco de contextos que, al concretar lo suyo de cada quien, como afirma Gadamer, “complementan creadoramente” el alcance de los textos.
De este modo, la interpretación de éstos últimos adquiere una diversa virtualidad respecto de los planteamientos más arriba criticados, ya que sin traicionar su origen, los  textos (principalmente, las normas jurídicas) resultan enriquecidos por los desarrollos de la tradición (especialmente a través de los “anillos intermedios”, como dice Betti, que suministra la jurisprudencia) en la “puesta en correspondencia” kaufmanniana con la riqueza y complejidad de los casos de la vida. Todos los estudios realizados ilustran la repercusión de esta perspectiva en la práctica de los tribunales, especialmente, de la Corte Suprema de Justicia de la Argentina.

(*)

La Hermenéutica filosófica y el dilema de las decisiones “objetivamente correctas”, “Anuario de Filosofìa Jurídica y Social”, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 21, 2001, pp. 143-160.

Precomprensión y jurisprudencia, “Persona y Derecho”, 47**, Derecho, historicidad, lenguaje, Estudios en honor de Arthur Kaufmann, Pamplona, 2002, pp. 391-416.

La teoría de la interpretación judicial en Cossio y Betti: coincidencias y actualidad de dos perspectivas contemporáneas, “La Ley”, Buenos Aires, 2005-A-1148-1168 (reproducido en “Revista Chilena de Derecho”, vol. 32, 2005, nº 1, pp.  139-168).

La determinación del derecho en Arthur Kaufmann, «Anuario de Filosofía Jurídica y Social», Abeledo Perrot, Buenos Aires, 25, 2005, pp. 43-80.

-Un análisis hermenéutico de la comprensión jurídica, en Vigo, Rodolfo L. (coord.), “Interpretación y Argumentación jurídica: perspectivas y problemas actuales”, Jurisprudencia Argentina, Número Especial, Buenos Aires, 2009-III, pp. 74-79 (reproducido en Alarcón Cabrera, C./Vigo, Rodolfo L., «Interpretación y argumentación jurídica. Problemas y perspectivas actuales», Marcial Pons, Buenos Aires, Madrid, Barcelona, 2011, pp. 355-364).

Enlace entre Hermenéutica filosófica y derecho natural, en AA.VV., “Una filosofía del derecho en acción. Homenaje al profesor Andrés Ollero”, Congreso de los Diputados-Universidad Juan Carlos I, Madrid, 2015, pp. 1473-1490.

Argumentación Jurídica y Estado Constitucional de Derecho, en Rojas, Jorge A. (director); Moreno, Romina S. (coordinadora), “Derecho Procesal y Teoría General del Derecho”, Rubinzal Culzoni Editores, Santa Fe, 2015, pp. 239-262.

Otra vez sobre Hermenéutica filosófica y derecho natural: las lecciones de la jurisprudencia, La Ley, Buenos Aires, Suplemento Derecho Constitucional, 2017 (mayo), 11/05/17, 1-LA LEY 2017-C (reproducido enDiritto e Secularizzazione. Studi in onore di Francesco D’ Agostino”, Giappichelli, Torino, 2018, pp. 143-160).

(reproducido enDiritto e Secularizzazione. Scritti in onore de Francesco D’ Agostino”, Giappichelli, Torino, 2017 y en Flores Saldaña, Antonio (coord.), “Hermenéutica y derechos humanos”, Guadalajara, México, 2017).

Interpretación jurídica. Teoría y práctica jurisprudencial, Astrea, Buenos Aires, pp. 103-245, ISBN: 978-706-323-4.

Sobre el funcionamiento del parlamento en los “tiempos del cólera”. Una lectura “hermenéutica” del caso “Férnandez de Kirchner s/acción declarativa de certeza”, en Magoja, Eduardo, (coord.), “Sendas de la interpretación jurídica en el Estado Constitucional de Derecho”, Olejnik, Santiago de Chile, pp. 147-165.

Perspectiva hermenéutica de la decisión judicial, en prensa en Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.

Aporte de H. G. Gadamer a la interpretación jurídica, (pro manuscrito).

2 comentarios en «Estudios sobre Hermenéutica Filosófica»

  1. Estimado Profesor:
    Quisiera saber que textos me recomienda sobre filosofía ética.
    Muchas Gracias.
    Saludos cordiales.
    R.C.

    1. estimada,
      un libro sugerente e introductorio es el anillo de giges, una introducción a la tradicion central de la ética, de joaquin garcia huidobro, editorial andres bello, santiago de chile.
      cuando quiera ampliamos.
      saludos
      renato

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