El máximo tribunal rechazó una causa iniciada hace más de 20 años contra empresas que operan en la Cuenca Neuquina por presuntos daños ambientales. El fallo favorece a las compañías y despeja un frente judicial sensible para el shale neuquino.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una histórica demanda ambiental presentada contra empresas petroleras que operan en Vaca Muerta y la Cuenca Neuquina, en un fallo de fuerte impacto para el sector energético y para el desarrollo del shale argentino.
La resolución fue firmada por el presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti, junto a tres conjueces, luego de las excusaciones de los ministros Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. La decisión puso fin a una causa iniciada en 2004 por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA), que reclamaba la recomposición integral de presuntos daños ambientales generados por la actividad hidrocarburífera en Neuquén.
La demanda apuntaba contra un amplio grupo de compañías petroleras con operaciones en la Cuenca Neuquina, entre ellas YPF, Chevron, Pan American Energy, Pluspetrol, Petrobras, Capex, Total Austral, Pecom y Wintershall, entre otras firmas vinculadas al desarrollo convencional y no convencional de hidrocarburos.
ASSUPA sostenía que la actividad petrolera había provocado procesos de desertificación, aperturas de caminos, alteraciones del suelo, daños sobre cursos de agua y afectaciones ambientales en distintas áreas productivas de Neuquén. En ese marco, pedía que las empresas fueran obligadas a recomponer los daños sobre suelo, aire y agua.
Sin embargo, tras más de dos décadas de trámite judicial, la Corte concluyó que la asociación demandante no logró acreditar de manera concreta cuáles eran los daños ambientales denunciados ni pudo demostrar técnicamente cómo se habrían producido.
En el fallo, el tribunal cuestionó la «vaguedad e imprecisión» de las acusaciones y remarcó que la actora no identificó con precisión los suelos, cursos de agua o áreas presuntamente contaminadas, ni estableció circunstancias específicas de tiempo, modo y lugar sobre los hechos denunciados.
Además, la Corte consideró que tampoco quedó probada la existencia de un daño ambiental de carácter interjurisdiccional, requisito clave para habilitar la competencia originaria del máximo tribunal.
«La parte actora pretendía una investigación sobre las conjeturas formuladas en su demanda», señalaron los jueces en la resolución, donde también advirtieron que durante el extenso proceso judicial ya se había solicitado en reiteradas oportunidades mayor precisión sobre los hechos denunciados.
La decisión fue firmada por Rosatti y los conjueces Renato Rabbi Baldi Cabanillas, de la Cámara Federal de Salta; Silvina María Andalaf Casiello, de la Cámara Federal de Rosario; y Rocío Alcalá, de la Cámara Federal de Resistencia.
Dentro del sector energético el fallo fue interpretado como una señal relevante para la seguridad jurídica de las inversiones en Vaca Muerta, especialmente en un contexto donde el desarrollo no convencional atraviesa una etapa de fuerte expansión productiva y nuevas inversiones multimillonarias.
Fuentes vinculadas a la industria destacaron que la Corte entendió que la demanda no presentaba pruebas concretas sobre hechos determinados, sino que buscaba utilizar el proceso judicial como una instancia exploratoria para determinar si existían daños y eventualmente identificar responsables.
También remarcaron que mantener abierta una causa de semejante magnitud sin precisiones técnicas ni atribuciones claras de responsabilidad implicaba someter a las empresas a un proceso judicial indefinido.
El fallo llega además en un momento clave para Vaca Muerta. La formación atraviesa niveles récord de producción de petróleo y gas, concentra buena parte de las inversiones energéticas del país y se convirtió en uno de los principales motores de exportación y generación de divisas para la Argentina.
En paralelo, el crecimiento acelerado de la actividad también mantiene abierto el debate sobre controles ambientales, infraestructura y sustentabilidad de largo plazo en la Cuenca Neuquina, una región donde conviven expansión productiva, comunidades locales y fuertes demandas de desarrollo territorial.
Con esta resolución, la Corte cerró uno de los litigios ambientales más extensos vinculados a la industria hidrocarburífera argentina y despejó un frente judicial que durante años sobrevoló sobre algunas de las principales operadoras de Vaca Muerta.
Publicado en El Economista el 22/5/2026